Al contrario que los dueños de coches de gasolina o diésel, los dueños de coches eléctricos no disponen de un mapa oficial en el que se indiquen todos los puntos de recarga existentes, pero, ahora gracias a las nuevas señales que estrena la DGT, podrán conocer de una forma más fácil y eficiente los puntos de recarga existentes, su ubicación y las cracterísticas de la instalación como se indicó en la normativa para gestión del tráfico y movilidad MOV 2022/12.
¿Cuándo se instalarán estas nuevas señales?
A pesar de que la normativa entró en vigor el 8 de abril, la entrada de estas señales a nuestras carreteras, será progresiva y la mayoría de estas se instalarán unna vez tengan que renovarse las ya existentes.
La decisión ha sido tomada porque, según el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y el del Interior, los puntos de recarga ya existentes tenían el problema de que no estaban señalizados ni incluídos en el catálogo oficial de señales de circulación, así que con esto España unifica su criterio con los demás países de la Unión Europea.
¿Cuáles son las multas asociadas a las señales?
Aunque las nuevas señales son informativas, tienen asociadas una multa. Si entramos a una estación de servicio y no encontramos sitio para aparcar, no recomendamos aparcar en los espacios reservados para la carga de los vehículos eléctricos aunque estén vacíos.
En la Guía Codificada de Infracciones de la DGT, en el Artículo 159 se establece que “no respetar la señal de limitación relativa a la clase de vehículo para el cual está reservado el estacionamiento de ese lugar” implica una sanción de 200 euros.
Esto nos lleva a la última acción punible: los eléctricos y los híbridos enchufables que aparquen en estas plazas de carga sin hacer uso de la estación también podrán ser sancionados por el mismo motivo.