La Ley de Tráfico y Seguridad Vial ha cambiado, ya lo avisó la Dirección General de Tráfico meses atrás y hoy se ha hecho efectiva. Esta nueva ley trae consigo nuevas normas, que pasamos a resumirlas en este post. Recuerda tenerlas en cuenta a la hora de conducir.
Nuevas normas para conductores de vehículos a motor:
- Los conductores de turismos y motocicletas ya no podrán superar en 20km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos en carreteras convencionales.
- No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil u otro elemento de protección, supondrá la pérdida de 4 puntos.
- Utilizar el móvil mientras se conduce se penaliza con 6 puntos.
- Arrojar objetos que puedan producir incendios también supondrá la pérdida de 6 puntos.
- Ahora, para adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, deberás hacerlo ocupando completamente el carril contiguo en vías de 2 o más carriles por sentido. En vías de un solo carril, tendrás que mantener la separación mínima lateral de 1,5 metros o perderás 6 puntos. Es una manera de proteger a este colectivo vulnerable, según la DGT.
- Además, es importante recordar que ahora los peatones tienen preferencia de paso sobre los vehículos en los pasos peatonales, en las aceras y zonas peatonales.
Sobre el respeto a las normas, señales y autoridad, la DGT también hace referencias al respecto:
- Es obligatorio respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).
- Ahora, está prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas
Sobre el uso de sistemas de interferencia, vigilancia y control:
“Llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos está prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supone la pérdida de 3 puntos”, así dicta la DGT. Recuerda que CarCentinel es un sistema antirrobos, no de interferencia.
También se hace referencia al permiso de conducir y saldo de puntos:
El plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se comete ninguna infracción que conlleve pérdida de puntos. Esto con independencia de las infracciones.
No es necesario llevar físicamente el permiso de conducir, se puede acreditar mediante el uso e la App miDGT.
La última referencia que hace la DGT en este punto es la siguiente: “Cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses”.
Nuevas normas para conductores de ciclomotor:
Si tienes una moto o ciclomotor, se podrán utilizar dispositivos inalámbricos certificados y homologados en el caso de protección para fines de comunicación o navegación.
Además, no usar el casco o hacerlo de forma no adecuada supondrá la pérdida de 4 puntos.
Estos son los puntos básicos de la ley para conductores de vehículos a motor y motocicletas, puedes consultar el resto de la normativa en la web oficial de la DGT.